REGLAMENTAN LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA SANIDAD DE ANIMALES Y VEGETALES
La nueva normativa brinda mayor institucionalidad al Senasa; fortalece el control y erradicación de las enfermedades y plagas, y la inocuidad y calidad agroalimentaria; se publicó hoy en el Boletín Oficial.
La medida fortalece el estatus jurídico del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), formaliza sus competencias y establece los mecanismos adecuados para su financiamiento, permitiendo profundizar los niveles de eficiencia de la gestión pública para enfrentar los desafíos.
El presidente de Senasa, Ricardo Negri, manifestó que «la reglamentación hace que el Senasa pueda trabajar con mejores reglas en cuanto a los temas sanitarios, fortalecer su rol en la sanidad de nuestros rodeos, cultivos, los ecosistemas y la inocuidad de lo que se produce en todo el territorio nacional». Por último, concluyó: «Estos son los pasos necesarios para tener cada día un organismo sanitario más fuerte».
De esta manera posibilita la adopción de decisiones urgentes que permitan concretar soluciones y optimicen la eficiencia de las acciones que desarrolla el Senasa.
En este sentido, los alcances de la ley comprenderán las medidas definidas en el Acuerdo sobre Aplicaciones de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), aprobado por la Ley 24.425.
Cabe recordar que el Organismo tiene un rol central en las negociaciones técnicas con otros países para el sostenimiento y la apertura de mercados para la producción agroalimentaria que genera la Argentina.
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