NUEVAS OBLIGACIONES PARA EXPORTAR FEEDLOT
De allí que la resolución 2/2003, firmada por Bernardo Gabriel Cané, titular del SENASA autorizando la faena de hacienda proveniente de feedlots para exportación, también tiene claramente indicadas las obligaciones que deben cumplir los establecimientos y sus propietarios para su inscripción. Sobre estos últimos, la resolución afirma que serán "los responsables de asegurar el cumplimientos de las normas y requisitos higiénico-sanitarios vigentes". El incumplimiento será sancionando con la suspensión permanente del responsable como proveedor directo, indirecto y/o asociado. "Es la primera vez que esto ocurre. Y seguramente apunta a evitar que, con otro nombre, el infractor siga operando", explicó Rodrig o Troncoso, gerente de la CAEHV. Y una vez que estén inscriptos, deberán llevar un libro de corrales donde conste la identificación de los animales y sus respectivos corrales.