IDENTIFICACIÓN VACUNA PARA LA EXPORTACIÓN

IDENTIFICACIÓN VACUNA PARA LA EXPORTACIÓN
El Gobierno dio forma al Sistema de Identificación del Ganado Bovino para Exportación, que tendrá aplicación obligatoria‘ en todos los campos inscriptos en el Registro de Establecimientos Rurales proveedores de ganado para faena de exportación. La resolución establece un plazo de 90 días para que los dueños de las tropas en campo y corral le coloquen a sus animales destinados al mercado europeo, una identificación,-denominada caravana, en la oreja izquierda, que tendrá un código no repetible y el número del registro nacional sanitario de productores agropecuarios. También se les colocará un botón con la sigla EC a aplicar en los animales que ingresen o egresen de los establecimientos pecuarios de engorde a corral. Según los considerados de la medida, la norma servirá para dar "respuesta a los requerimientos de algunos mercados importadores" y que la implementación se hace sobre las exportación a la Unión Europea en especial, por "razones de oportunidad, mérito y conveniencia".

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