El gobierno argentino estableció el troceo para la comercialización de la carne vacuna
El Ministerio de Desarrollo Productivo, junto a las carteras
de Agricultura, Ganadería y Pesca y el de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de
Argentina establecieron, a través de la Resolución Conjunta Nº 4/2021, que las
salidas de carnes de los establecimientos de todo el país, destinadas a
comercio minorista, sólo podrán hacerse en unidades resultantes del
fraccionamiento de las medias reses en trozos cuyos pesos individuales no
superarán los 32 kg.
La medida, según indica el comunicado, representa mayores
estándares de calidad y sanidad sobre los productos cárnicos, a la vez que
favorece la transparencia comercial y presenta un avance hacia una mayor modernización
de la cadena de distribución de carnes en medias reses.
De la iniciativa emana que hacer más eficiente la cadena de
comercialización implica, a la vez, actuar en defensa del consumidor, dado que
comercializar en media res genera ineficiencias en la asignación de los cortes
que repercuten en el precio que este debe pagar. En tanto, una distribución por
trozos anatómicos de menor peso les permite a los abastecedores realizar una mejor
asignación de los cortes, de acuerdo a las necesidades de cada mercado
minorista. Se establece, asimismo, que la forma de fraccionar las medias reses
debe contemplar los cortes tradicionales, respetando la integridad anatómica de
las piezas cárnicas, con la finalidad de mantener su valor monetario al momento
de su comercialización en la carnicería, evitando afectar zonas donde se
encuentran cortes apreciados por los consumidores.
Por su parte, atendiendo a estas medidas, el Ministerio de Desarrollo
Productivo se propone implementar programas de asistencia financiera para
frigoríficos y faenadores. Dado que la implementación del nuevo sistema de
comercialización requiere, entre otras transformaciones, adecuar la
infraestructura de varios de los frigoríficos existentes en todo el territorio
nacional, agregar espacios de oreo, aumentar las instalaciones, incorporar
algunas maquinarias y equipamientos de frío.
La presente Resolución, que dispone la obligación del
troceo, a partir del 1 de enero de 2022, a su vez, está en consonancia con la
dictada por la Superintendencia De Riesgos del Trabajo, que estableció el 16 de
abril último que toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga
de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 32 kg, se deberá realizar
con la asistencia de medios mecánicos adecuados. La mecanización del sistema de
carga es una decisión que repercute en favor de la salud y bienestar del
trabajador.